Alerta: Debe recordarse que la Resolución 0121 y el decreto 2163 de 2012 fueron provisionalmente SUSPENDIDOS mediante auto de la Corte constitucional, así como los procesos de consulta respectivos.
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La Comisión Consultiva de Alto Nivel para las comunidades afrodescendientes en Colombia ha generado por mucho tiempo inmensas dudas y resquemores en liderazgos, organizaciones y comunidades a lo largo y ancho del país; viéndose unos u otros más o menos favorecidos por la participación y empuje a sus proyectos, gracias a la intermediación de figuras regionales frecuentemente asociadas a las redes clientelares y maquinarias electorales estimuladas por los partidos tradicionales.
De manera abyecta, una de las principales contradicciones de
este órgano instituido con la ley 70 de 1993, consistió en que, nacido para
preservar los intereses del pueblo afrodescendiente en el país, se zafó en
incontables ocasiones de la obligación de promover y afianzar la consulta
previa al momento de tomar decisiones de amplia incidencia en los asuntos puestos
a su consideración. Obrando así, terminó por convertirse en un instrumento
útil al querer de los gobiernos que, afanosa y diligentemente, animaron tal
proceder con dádivas, lisonjas, manjares,
viáticos, prebendas y pagos para quienes contribuyeron a sostener la farsa de consultas
que no eran tales. Así, finalizado su periodo, desde el 2010 y hasta finales
del año 2012, el gobierno nacional sostuvo de manera acomodaticia e irregular a
los dignatarios enquistados en tal posición; desoyendo a los Consejos Comunitarios,
organizaciones, liderazgos y comunidades opuestas a tales artimañas.
Pese a semejantes desafueros, la existencia de un organismo
de alto nivel en el que pueda centrarse la interlocución, consulta, tramitación,
decisión y evaluación de los asuntos y políticas de envergadura nacional incidentes
en la situación del pueblo afrodescendiente en el país, resulta fundamental. Sin
embargo, privar de tal representación a las comunidades asentadas en
territorios por fuera del contexto rural, ribereño o isleño, resulta abiertamente
acomodaticio e inconstitucional, tal como ocurre con la expedición y entrada en
vigencia del decreto 2163 de 2012, por el que “se conforma y reglamenta la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades
Negras, Raizales y Palenqueras”.